Artículo 46. Disolución.

 

Los Colegios podrán disolverse cuando lo acuerden las tres cuartas partes de los colegiados por votación directa en Junta General extraordinaria, convocada especialmente para este objeto, salvo lo dispuesto en los respectivos Estatutos, de acuerdo con la legislación vigente y previa audiencia del Consejo General.

 

Disposición transitoria única.

 

1. La relación de Colegios existentes en la actualidad es la siguiente:

 

  1. Colegio de Álava. Capitalidad: Vitoria. Ámbito territorial: provincia de Álava.

  2. Colegio de Andalucía Occidental. Capitalidad: Sevilla. Ámbito territorial: provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva y Sevilla.

  3. Colegio de Andalucía Oriental. Capitalidad: Granada. Ámbito territorial: provincias de Almería, Granada, Jaén y Málaga.

  4. Colegio de Aragón y La Rioja. Capitalidad: Zaragoza. Ámbito territorial: provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza y Comunidad Autónoma de La Rioja.

  5. Colegio de Asturias y León. Capitalidad: Oviedo. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Asturias y provincia de León.

  6. Colegio de Illes Balears. Capitalidad: Palma de Mallorca. Ámbito territorial: Illes Balears.

  7. Colegio de Burgos y Palencia. Capitalidad: Burgos. Ámbito territorial: provincias de Burgos y Palencia.

  8. Colegio de Canarias. Capitalidad: Compartida entre Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife. Ámbito territorial: provincias de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife.

  9. Colegio de Cantabria. Capitalidad: Santander. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Cantabria.

  10. Colegio de Cataluña. Capitalidad: Barcelona. Ámbito territorial: provincias de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona.

  11. Colegio de la Comunidad Valenciana y Albacete. Capitalidad: Valencia. Ámbito territorial: provincias de Albacete, Alicante, Castellón de la Plana y Valencia.

  12. Colegio de Extremadura. Capitalidad: Compartida entre Badajoz y Cáceres. Ámbito territorial: provincias de Badajoz y Cáceres.

  13. Colegio de Galicia. Capitalidad: A Coruña. Ámbito territorial: provincias de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra.

  14. Colegio de Guipúzcoa. Capitalidad: San Sebastián. Ámbito territorial: provincia de Guipúzcoa.

  15. Colegio de Madrid. Capitalidad: Madrid. Ámbito territorial: provincias de Ávila, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Madrid, Salamanca, Segovia, Soria, Toledo, Valladolid, Zamora y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

  16. Colegio de Navarra. Capitalidad: Pamplona. Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Navarra.

  17. Colegio de la Región de Murcia. Capitalidad: Murcia. Ámbito territorial: Región de Murcia.

  18. Colegio de Vizcaya. Capitalidad: Bilbao. Ámbito territorial: provincia de Vizcaya.

 

2. Lo dispuesto en el apartado 1 de esta disposición transitoria será de aplicación en tanto en cuanto las Comunidades Autónomas no dispongan otra cosa en sus respectivos ámbitos territoriales.

 

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