En el informe emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) con con fecha del 9 de septiembre de 2015, que tiene carácter consultivo y, por tanto, no decisorio, a raíz de la reclamación presentada por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales (CGCOII), consideraba que no se debe limitar la competencia en la elaboración de los Informe de Evaluación de Edificios IEE y que la LOE no hace referencia a ese tipo de actuaciones. Partiendo de que la LOE no regula la actividad de evaluación de edificios sino de proyección o construcción de los mismos, todos los que cuenten con el título profesional reseñado en aquélla (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero  ingeniero técnico) podrían ejercer libremente esta actividad.

La CNMC vuelve a emitir un nuevo informe sobre técnicos competentes para redactar los informes de evaluación de Edificios, en respuesta a una reclamación presentada por los Ingenieros Técnicos Industriales por incumplimiento de Ley de Unidad de Mercado. En este caso, su respuesta sigue siendo en la misma línea no se debe limitar la competencia en la elaboración de los Informe de Evaluación de Edificios IEE.

Hasta la fecha, las diferentes Administraciones tanto autonómicas como locales, estaban impidiendo la presentación de estos informes realizados por ingenieros, basándose en un informe de la Subdirección General de Urbanismo del Ministerio de Fomento, en el que se indicaba la restricción de los mismos para Arquitectos y Arquitectos Técnicos, algo que ha sido rebatido y argumentado en contra, en multitud de ocasiones por nuestro Consejo General, y otras organizaciones colegiales de Ingenieros.

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