Con el fin de asegurar la correcta administración del visado, los colegiados deberán acreditar ante el Colegio:
Anualmente, la cobertura de la Responsabilidad Civil Profesional. La acreditación podrá ser realizada, bien a través de la presentación de las Condiciones de Aseguramiento particulares o de la cobertura proporcionada por la empresa que lo emplea, bien a través de la Suscripción a la Póliza Colegial de RC, que el Colegio negocia anualmente en condiciones ventajosas para nuestros colegiados.
Las condiciones en las que ejercen la profesión (Ejercicio Libre, Sociedad de Ingeniería, Asalariado de Ingeniería o Empresa Titular) y su acreditación mediante la correspondiente documentación (Alta en el IAE, TC2, Escrituras de Sociedad, etc..), establecida en el impreso de “Formas de Ejercer” disponible en el apartado de impresos. Esta impreso deberá presentarse, al comienzo del ejercicio profesional o cuando se produzca una variación en las condiciones de la misma.
Se exigirá la obligatoriedad de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional, con una cobertura mínima de 150.000 €.
Es responsabilidad del colegiado comunicar al Colegio cualquier cambio que se produzca respecto de las circunstancias anteriores.
Los trabajos a visar deben venir acompañados de:
Hoja de Solicitud de Visado, se deberá presentar debidamente firmada y cumplimentada, con cualquier trabajo a visar.
En el caso de actuar como asalariado, socio de un sociedad de ingeniería o empresa titular, el impreso de Hoja de Solicitud de Visado ha de constar la firma y el sello de la empresa.
Los documentos que hayan sido visados con anterioridad y para los cuales se requieren copias, anexos, modificaciones, ampliaciones, asume de dirección técnica, certificados finales, etc., además se deberá indicar el numero/s de visado/s del antecedente e indicar las observaciones que se crean necesarias.
Firma del Ingeniero: legalmente, todas las firmas de los profesionales deben ser originales y han de incluirse en todos los certificados y documentos que deben visarse, especialmente en la Memoria, Planos, Pliego de Condiciones y Presupuesto. Todas las firmas que se incluyan en el trabajo se presentarán acompañadas del nombre y nº de colegiado del autor del mismo.
Número de ejemplares, los que el ingeniero considere necesarios teniendo en cuenta siempre que un ejemplar debe quedar en poder del Colegio.
El Colegio no podrá otorgar el visado si el trabajo no contempla la Normativa vigente de la cual destacamos los siguientes puntos:
Obligación de presentar el “Libro de Órdenes y Asistencias” en todas las Direcciones de Obra de trabajos de edificación.
Inclusión del Estudio de Seguridad y Salud en las obras, o del Estudio Básico, en su caso, según Real Decreto 1627/1997 (BOE 25/10/97)
Inclusión de un estudio del terreno o alusión a las razones por las que el Ingeniero ha considerado unas determinadas tensiones de cálculo en el proyecto en todos los proyectos de edificación (EHE).
Corrección formal y contenido de los documentos.